Por medio del Decreto 678/2016, el Gobierno nacional dio de baja la normativa que obligaba a los medios de comunicación audiovisuales a anunciar el inicio y fin del espacio publicitario para identificar las tandas comerciales, además de otras modificaciones.
El Ejecutivo nacional dispuso el cese de la normativa que obligaba tanto a las radios como a los canales de televisión a anunciar el inicio y fin del espacio publicitario para identificar las tandas comerciales, así como también dejar sin efecto aquel punto que le indicaba a los primeros informar la hora oficial dos veces cada sesenta minutos; y a los segundos colocar esa información en la parte inferior de la pantalla durante los espacios de programación.
“Resulta conveniente dejar sin efecto la previsión normativa que obliga a identificar las tandas publicitarias al inicio y al final como `espacio publicitario´, sin perjuicio de las obligaciones de los licenciatarios y titulares de registros de señales de respetar la separación de la publicidad respecto de la programación y el tiempo que destinan a ella”, se explica entre los considerandos de la norma, donde además se señala en relación a la modificación del punto que obligaba a exhibir el horario que con el advenimiento de las nuevas tecnologías, han devenido anacrónicos los métodos elegidos normativamente para que se brinde el servicio de hora oficial a la población en general.
“Suprímese el segundo párrafo del artículo 81 del Anexo I del decreto N° 1225 del 31 de agosto de 2010”, reza el artículo primero del Decreto firmado por el Presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete Marcos Peña, y el ministro de Comunicación, Oscar Aguad.