La discusión judicial sobre la tarifa del Subte quedó empantanada por una cuestión de competencia entre dos juezas de primera instancia del fuero en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Capital Federal.
La jueza Andrea Danas planteó ante la Cámara del fuero una cuestión de competencia con su colega María Rosa Cilurzo sobre dos causas que tramitan en paralelo contra el aumento del cuadro tarifario del Subte.
La causa que tramita la jueza Danas es la que impulsó el auditor porteño Juan Facundo Del Gaiso, “a fin de que se deje sin efecto la resolución N° 2780-SBASE-2016 y se ordene a la compañía demandada que dicte una nueva resolución conforme a derecho”.
Esa resolución es la que estableció el importe de la “tarifa técnica” del servicio de subte en 13,37 pesos, “conforme los costos de explotación del servicio mencionado”.
La tarifa técnica es el costo real del pasaje de Subte, pese a lo cual el Gobierno porteño lo fijó en 7,50, aplicando una serie de subsidios para descender el precio.
“No se acreditan los valores históricos del cálculo de la tarifa técnica. Sbase no justifica el contenido de la estructura de costos, tampoco fundamenta debidamente los montos correspondientes a gastos de mantenimiento, y depreciación de bienes de uso entre las diferentes estructuras de costos y falta de apertura de costos y gastos en los mismos”, indicó Del Gaiso.
El reclamo, entendió la jueza Danas, es similar al que planteó el ex legislador porteño y titular de la ONG La Alameda, Gustavo Vera, que tramita ante la jueza Cilurzo.
“En ambos procesos, quienes se presentaron en autos como parte actora lo hicieron en resguardo de derechos colectivos, con un interés común, de modo que si bien formalmente las personas que se presentaron como actores no son las mismas en ambos expedientes, sí pretenden el resguardo del mismo derecho colectivo, de manera que sí se advierte una identidad de partes: el colectivo social”, entendió la jueza Danas.
Por eso, ordenó “la remisión de las presentes actuaciones a la Secretaría General de la Cámara del Fuero para que se proceda a resolver el presente conflicto negativo de competencia”.