El titular de la UFISES, Gabriel de Vedia, subrayó que el afiliado al PAMI padece ceguera de ambos ojos debido a un glaucoma y pidió la ayuda del PAMI ante su situación de indigencia, reclamando “cobertura de vivienda, residencia para personas mayores de edad o un subsidio económico”.
Esas prestaciones figuran como parte de los servicios que brinda el PAMI, pues por ley fue instituido “un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección en base a las necesidades y requerimientos previstos en el derecho constitucional a la vivienda digna”.
Ante la inminencia de su situación de calle, el afiliado pidió a la Justicia una medida cautelar y el fiscal De Vedia se pronunció a favor del reclamo.
“Existiendo un Programa a cargo del INSSJYP con posibilidades de dar amparo en forma efectiva a la situación que aqueja al accionante, se puede establecer que la denegación en la concesión del mismo constituiría un incumplimiento y contradicción respecto de los preceptos emanados de las normas nacionales e internacionales, lo cual resulta a todas luces inadmisible”, sostuvo el dictamen fiscal.
“Máxime -agregó- cuando el actor cumple con los requisitos para acceder a los beneficios de este Programa”.
“Las circunstancias socio-económicas y de vivienda en las cuales se encuentra envuelto el afiliado -próxima situación de calle-, sumado al problema de salud que aduce -discapacidad visual-, requieren de una intervención inmediata pues en caso de no otorgarse la tutela requerida, el estado actual de las cosas derivaría en un daño irreparable”, resumió el fiscal.