La Sala Primera de la Cámara concedió la excarcelación bajo palabra a un ciudadano de nacionalidad peruana, quien estaba “procesado con prisión preventiva por los delitos de robo en tentativa -dos hechos- en concurso real con el de lesiones leves”.
El hombre reconoció el hecho, pero a través de su defensa intentó exculparse argumentando que por el estado etílico que presentaba no comprendió lo que estaba haciendo y, por lo tanto, debía ser considerado inimputable.
“Sin perjuicio del resultado de la prueba de alcohol en sangre, cuyo resultado fue de 1,46 g/l, en el informe médico legal se indicó que presentaba conciencia de estado, persona y situación -a pesar de su marcha tambaleante y aliento etílico-, consignándose que comprendía el hecho que se le imputa”, dijeron los jueces Luis María Bunge Campos y Jorge Luis Rimondi.
“Las pruebas colectadas en el proceso permiten, de momento, tener por acreditado que no actuó en estado de inimputabilidad”, abundaron.
No obstante, le concedieron la libertad pese a que “su arraigo es dudoso, teniendo en cuenta que su situación migratoria no se encuentra regularizada y que, primeramente, cuando fue detenido, dijo hallarse en situación de calle y luego, en reiteradas oportunidades refirió vivir en la calle Ramón Falcón pero aportó numerosas alturas catastrales distintas”.
El tribunal lo excarceló bajo palabra pero “a fin de neutralizar el riesgo de fuga”, se le impuso “la obligación de comparecer ante el tribunal de la causa dos veces al mes”.