La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó con 41 votos positivos y 17 abstenciones, la ley que modifica las exigencias que debe cumplir el personal que se desempeña en edificios de propiedad horizontal, pasando de una capacitación obligatoria anual sobre higiene, seguridad y medidas de prevención contra incendios, a una cada dos años.
Asimismo, la norma establece que las personas humanas o jurídicas que se desempeñen como administradores de consorcios de propiedad horizontal deberán arbitrar las medidas conducentes para exhortar al personal dependiente de cada uno de los consorcios bajo su administración a que concurra cada dos años a las capacitaciones dispuestas, al tiempo que serán los responsables de acreditar la asistencia del personal a la capacitación referida, bajo apercibimiento.
Entre los fundamentos del proyecto que había obtenido despacho de la Comisión de Legislación General, se destacaba que “la experiencia desarrollada en el ejercicio a nivel local de la Ley N° 941 indica que el contenido de los mismos se repite año tras año sin aportar en lo sustancial nuevas experiencias para los encargados y generando gastos excesivos para el consorcio”.
Por otra parte, la flamante ley señala que la capacitación dispuesta deberá abarcar, como mínimo, los siguientes tópicos: prevención de accidentes; el orden y la limpieza; atención a la electricidad; atención a las posturas en el trabajo; prevención de incendios; normas generales de evacuación de edificios; y los primeros auxilios en una emergencia.