Con 182 votos positivos contra 2 negativos, la Cámara de Diputados nacional le dio media sanción al proyecto de Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, el cual apunta a promover el mayor desarrollo de la industria del software y de servicios informáticos y digitales.
La norma que ahora deberá ser revisada por el Senado, impulsa el desarrollo productivo e innovador para generar ecosistemas regionales de articulación nacional y proyección internacional, e impone un nuevo régimen que tendrá vigencia desde 1° de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2029.
En efecto y a través de exenciones impositivas, promueve los siguientes rubros: software, servicios informáticos y digitales; producción y posproducción audiovisual; biotecnología, neurotecnología e ingeniería genética; servicios geológicos y de prospección; servicios profesionales de exportación; nanotecnología y nanociencia; industria aeroespacial y satelital; inteligencia artificial y robótica.
Por otra parte está previsto que con la sanción de la misma se dupliquen los empleos en este campo, de 215.000 a 430.000, y generar exportaciones anuales por 15 mil millones de dólares.
En otro orden, la Cámara Baja también le otorgó media sanción -por 167 positivos, 1 negativo y 3 abstenciones- al régimen que regula el ejercicio profesional de la obstetricia, que establece el marco general del ejercicio de la Licenciatura en Obstetricia, basada en los “principios de integridad, ética, bioética, idoneidad, equidad, colaboración y solidaridad, aplicados a la asistencia, acompañamiento y cuidado de las personas usuarias del servicio de salud que atraviesen cualquier evento obstétrico”. El mismo, además, busca contribuir a garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las personas, desde un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.
El texto también considera que el ejercicio de la profesión contempla “las funciones de asistencia pre, durante y post eventos obstétricos con un enfoque biopsicosocial; y las acciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud en todos los niveles de atención de la persona gestante y su núcleo familiar, dentro de los límites de sus competencias”.
Asimismo, entre otras de sus características, indica que los licenciados en obstetricia podrán invocar la objeción de conciencia “teniendo en cuenta un deber religioso o una convicción moral como razón para negarse a cumplir una obligación jurídica en relación a prácticas de salud”. Sin perjuicio de ello, la institución donde presta servicio debe asegurar la práctica a fin de no perjudicar a la persona que debe recibir la misma.
Por último y luego de que el cuerpo parlamentario acordara dar prioridad en las próximas sesiones a los proyectos de ley de financiamiento de los partidos políticos y al de la llamada “Ley de Góndolas”, se aprobaron varios proyectos de declaración -casi por unanimidad-, así como también pedidos de informes al Poder Ejecutivo.