El Protocolo de Actuación ante Casos de Violencia de Género lanzado por el Ministerio de Justicia de la Nación establece procedimientos de atención ante llamadas telefónicas ingresadas al Centro de Monitoreo Electrónico, así como procedimientos de intervención del equipo psicosocial para la protección y acompañamiento de las víctimas.
Es por ello que ante la grave problemática de violencia que padecen las mujeres y la necesidad de brindar una respuesta institucional, la Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica (DAPBVE) junto con el Área de Género de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios y Relaciones con el Poder Judicial y la Comunidad Académica elaboró este Protocolo, en el marco de la Ley 26.485.
“Los datos de la Oficina de Violencia de Género y de la Corte hablan por sí solos: las mujeres sufren violencia en contextos de encierro y en libertad. Tenemos que pensar las dimensiones de esta problemática y hacer que el Estado llegue a tiempo para brindar ayuda”, manifestó al respecto la secretaria de Justicia, María Fernanda Rodríguez.
Según indicaron, se evaluará como situación de emergencia aquella en la que exista peligro inminente para la vida o la integridad física de la mujer y/o de las personas bajo su cuidado, así como también cuando se denuncien lesiones que requieran atención médica inmediata, situaciones de violencia física y/o sexual, o violación de medidas de protección.
Desde la cartera de Justicia, además, precisaron que ante una emergencia los operadores del Centro de Monitoreo Electrónico dan intervención al 911 y/o al Programa de Atención a Víctimas de Violencia Familiar – Línea 137, de acuerdo a la jurisdicción pertinente, y procuran garantizar la vida y la integridad física de quien realiza el llamado de auxilio.