A partir de lo dispuesto por el Decreto 213/2020 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, se estableció durante el plazo de vigencia de la emergencia sanitaria de un “régimen de compatibilidad” para los jubilados y aquellos agentes de salud que estén bajo retiro voluntario para prestar nuevamente servicios de manera excepcional.
Esto, según se detalló, no afectará el cobro íntegro de los haberes jubilatorios correspondientes, que se percibirán junto con la respectiva remuneración, así como tampoco las cuotas pendientes del beneficio.
Asimismo y tal como se indicó en la norma, estas acciones van en consonancia con “la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional, lo que requiere la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a esta emergencia, adoptando medidas tendientes a la protección de la salud y la coordinación de esfuerzos en orden a fortalecer el personal necesario para satisfacer la demanda del sistema de salud”.
En este sentido y de acuerdo a lo fundamentado, la Provincia de Buenos Aires dispone de una gran cantidad de beneficiarios del sistema previsional, que cuentan con formación y experiencia útil para optimizar aspectos de planificación, técnico funcionales y demás aportes de gestión que coadyuven a la eficacia de acciones estatales en esta materia.
No obstante, quedan exceptuados de trabajar quienes “se hubieran jubilado por invalidez, y aquella tuviera carácter de definitiva, o quienes estuvieran al amparo de regímenes diferenciales por la realización de tareas insalubres, determinantes de vejez o agotamiento prematuro”.
Por otra parte se recordó que el Poder Ejecutivo bonaerense facultó al Ministerio de Salud provincial a disponer todas las medidas necesarias y de reorganización del personal que la situación de emergencia por el coronavirus amerite para cubrir eficientemente la prestación del servicio de salud.