El Gobierno nacional dispuso la emisión de “Letras del Tesoro Nacional Intransferibles en Dólares Estadounidenses”, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4º del decreto 346 del 5 de abril de 2020, por hasta un monto de USD 400 millones, con fecha de emisión fijada para el 20 de abril de 2020 y vencimiento para el 20 de abril de 2030 (10 años de plazo a partir de la fecha de emisión).
Según se especificó entre sus condiciones financieras, su forma de colocación será directa al Banco Central de la República Argentina (BCRA), a la par en varios tramos devengándose los intereses desde la fecha de cada colocación.
Su amortización, en tanto, será íntegra al vencimiento y devengará intereses, pagaderos semestralmente, en función de la tasa de interés que devenguen las reservas internacionales del BCRA para el mismo período y hasta un máximo de la tasa LIBOR anual menos 1 punto porcentual, aplicada sobre el monto de capital efectivamente suscripto.
“La Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Financiamiento de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía será el agente de cálculo de la tasa respectiva en función a la información que le suministrará el BCRA sobre el rendimiento de las reservas internacionales en el semestre correspondiente”, se aclaró en la norma.