Por medio de la Resolución 1527/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional creó, en el ámbito de la Dirección de Adolescencias y Juventudes de la Dirección Nacional de Abordaje por Curso de Vida, el “Consejo asesor de Salud Adolescente y Juvenil (CONSAJU)” que tendrá como finalidad brindar a la Dirección de Adolescencias y Juventudes asesoramiento y recomendaciones sobre políticas públicas relacionadas con adolescentes y jóvenes.
Asimismo y según se especificó en la norma, también tendrá entre sus funciones realizar un diagnóstico de situación de la salud integral de la población adolescente y juvenil; proponer y elaborar acciones para implementar políticas públicas destinadas a estas poblaciones; realizar el monitoreo de las políticas implementadas por la Dirección de Adolescencias y Juventudes; y promover espacios de participación de otros organismos públicos y privados y organizaciones de la sociedad civil, a fin de debatir las temáticas relacionadas con la salud integral de adolescentes y jóvenes.
De la misma manera, también tendrá que contribuir con la estrategia comunicacional de la Dirección a efectos de exponenciar su alcance; difundir material disponible de la Dirección y datos para fortalecer el acceso a la información pública; solicitar a la Dirección informes periódicos sobre el cumplimiento de las metas y objetivos de la misma, a efectos de elaborar recomendaciones; y elaborar recomendaciones para las distintas reparticiones de la Administración Pública Nacional en relación a la salud integral de adolescentes y jóvenes.
En relación a su estructura, se determinó que el CONSAJU será presidido por el/la titular de la Secretaría de Acceso a la Salud, y su coordinación operativa y administrativa estará a cargo del/la titular de la Dirección de Adolescencias y Juventudes; al tiempo que estará integrado por miembros de la Dirección de Adolescencias y Juventudes y por representantes de las agencias del sistema de Naciones Unidas que trabajan la temática, así como también de las asociaciones científicas y de profesionales y de las organizaciones de la sociedad civil, en las condiciones que la citada Dirección determine.
Los miembros del Consejo, por su parte, desarrollarán sus funciones con carácter ad honorem y sus recomendaciones no serán vinculantes.
“Para el cumplimiento de sus funciones resulta importante que dicho Consejo esté integrado por representantes de entidades de destacada trayectoria en los ámbitos profesionales, sanitarios y/o representativos de los usuarios del sistema de salud y de las organizaciones de la sociedad civil que abordan la temática”, se expresó entre los considerandos de la medida que lleva la firma del ministro de Salud de la Nación, Ginés González García.