La norma recientemente sancionada en la Legislatura mendocina, estableció que “los sujetos comprendidos deberán presentar ante la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública, dentro de los 30 días de su designación, un certificado de antecedentes penales donde conste que no hayan sido condenados”. Esto implica que la sentencia no se encontrare firme y la pena fuera de cumplimiento en suspenso.
Entre los delitos que podrían dejar afuera una candidatura figuran los que están contra la administración pública, el orden económico y financiero, las personas o la integridad sexual.
Asimismo, figuran aquellos contra el Estado civil, la libertad, la propiedad, los poderes públicos y el orden constitucional.
Ficha Limpia establece en Mendoza la imposibilidad de que quienes sean condenados solo en primera instancia y sin sentencia firme por delitos de corrupción, contra la libertad y la integridad sexual, entre otros, puedan ser candidatos a cargos electivos u ocupar funciones públicas.
Mendoza sería la primera provincia en legislar en ese sentido, dado que se trata de una modificación de la Ley Orgánica de Partidos Políticos.