La ley tiene como finalidad “administrar, manejar y dar herramientas para la prevención y restauración de los ecosistemas afectados por el fuego” y su autoridad de aplicación será la Secretaría de Medio Ambiente provincial junto a San Luis Solidario, ex Defensa Civil.
Además, establece que en caso de afectar al bosque nativo “no podrán realizarse modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio” y se tendrán en cuenta las categorías de conservación asignadas por el ordenamiento territorial vigente en la Provincia de San Luis.
La restricción alcanza también a los bosques no productivos abarcados por la Ley Nacional N° 13.273 de “Defensa de la Riqueza Forestal” y lo dispuesto por la Ley Nacional N° 26.331 de “Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos”.
La nueva norma establece, además, la obligación de los propietarios de cada terreno de realizar picadas cortafuego, presentar un plan para la realización de las mismas e implementar fajas de raleo, como una acción para disminuir la carga de combustible en zonas urbanas o de interface para que en caso de incendios se den con menor violencia.
En cuanto al combate, se establece una zonificación para las quemas, teniendo en cuenta las épocas del año y las características del ambiente, y se establece la obligatoriedad de “restaurar todos los ambientes degradados por los incendios, a cargo de los propietarios de los terrenos”.