El Gobierno nacional dispuso la emisión de la “Letra del Tesoro Nacional en Pesos Decreto 668/2019 con vencimiento 4 de octubre de 2021”, por un monto de hasta $ 26.000 millones, con fecha de emisión fijada para el 7 de abril de 2021 y vencimiento para el 4 de octubre de 2021 (180 días de plazo).
De acuerdo a lo establecido entre sus condiciones financieras, se suscribirá a la par y devengará los intereses a partir de la fecha efectiva de cada colocación -a la tasa BADLAR para bancos públicos-, mientras que su amortización será íntegra al vencimiento.
Su forma de colocación, en tanto, será mediante suscripción directa “a las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el artículo 8° de la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional”, así como “la totalidad de las empresas, entes y fondos fiduciarios comprendidos en sus incisos b, c y d, y los fondos y/o patrimonios de afectación específica administrados por cualquiera de los organismos contemplados precedentemente”.
El suscriptor, por su parte, podrá solicitar la cancelación anticipada de la Letra del Tesoro en forma total o parcial, siendo que para el ejercicio de esta opción deberá dar aviso en forma fehaciente a la Dirección de Administración de la Deuda Pública con una anticipación no menor a 15 días corridos.
Por otro lado, también se estableció que la Letra será intransferible y no tendrá cotización en los mercados de valores locales e internacionales; y que gozará de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.