El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) aprobó los cuadros tarifarios de transición cuyos impactos en factura promedian el 6% para los usuarios residenciales del servicio de gas por redes, en tanto que para los usuarios del servicio general P (PyMEs y comercios) la adecuación ronda -también en promedio- el 4%.
Vale recodar que la Intervención del organismo, encabezada por Federico Bernal, había recibido, a través del Decreto N° 278 de marzo de 2020, el mandato de realizar una auditoría y revisión técnica, jurídica y económica que evaluara los aspectos regulados por la Ley N° 27.541 en materia energética.
Dicho estudio -aseguraron- logró demostrar, lo que fue receptado por el Poder Ejecutivo nacional, que las tarifas provenientes de las revisiones tarifarias integrales de ambos servicios públicos “no han sido justas, razonables ni asequibles” en los términos de lo establecido por la Ley N° 24.076.
Por consiguiente, el 17 de diciembre de 2020, el Gobierno determinó el inicio de la renegociación de la RTI en los términos allí expuestos en el marco de lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 y puso, en síntesis, en cabeza del ENARGAS llevar adelante dicho procedimiento.
“Fue la decisión del Presidente de la Nación de suspender la RTI de Macri, y con ella sus ajustes previstos, lo que evitó que hoy millones de hogares pagaran un 135% más por este servicio público. A partir de la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios de transición, la actualización promedio para usuarios residenciales y usuarios PyMEs será, en promedio, inferior a 6%”, destacó el interventor del organismo.
“Dicho de otra forma, con esa decisión, se logró un abaratamiento del servicio público del orden del 55% respecto de lo que hubiera surgido de mantener vigentes las tarifas de la gestión anterior”, agregó Bernal.
Por último desde ENARGAS se aclaró que la actual adecuación tarifaria de transición que resulta de la aplicación de los mentados Regímenes Transitorios es parte del proceso de renegociación en el que se persigue arribar a “tarifas justas y razonables, accesibles y asequibles”, considerando lo dispuesto por el marco regulatorio.