Por medio de la Resolución 202/2021 del Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo porteño, se estableció que las actividades comerciales, de entretenimiento y gastronómicas podrán desarrollarse en la franja horaria de 06:00 a 01:00 horas, siendo que para el ejercicio de las mismas se deberán dar cumplimiento a las pautas indicadas en los protocolos aprobados para dichas actividades.
Asimismo se aclaró que las medidas adoptadas podrán ser prorrogadas o ampliadas y restringidas, conforme se desenvuelva la situación epidemiológica que diera lugar a la declaración de emergencia sanitaria y los indicadores epidemiológicos locales.
“Teniendo en consideración la situación sanitaria actual que presenta un descenso en el número de casos positivo de COVID-19 en la gran mayoría de las jurisdicciones, sumado a que se alcanzaron altas coberturas de vacunación al menos con una dosis, resulta adecuado propiciar la ampliación de la franja horaria hasta la 01.00 am para el desarrollo de las actividades comerciales, de entretenimiento y gastronómicas”, se explicó entre los considerandos de la norma.