En línea con los anuncios de la Ciudad de Buenos Aires sobre las flexibilizaciones sanitarias, tales como la posibilidad de dejar de usar tapabocas al aire libre, el Gobierno porteó comunicó los nuevos protocolos para la práctica de actividades físicas, deportivas y recreativas en clubes, polideportivos, natatorios, gimnasios y espacios públicos, tanto al aire libre como en sitios cerrados, a las vez que expandió el aforo del público en eventos deportivos.
De acuerdo a lo establecido, para acceder y circular en establecimientos cerrados continuará siendo obligatorio el uso de barbijo, no así durante la práctica deportiva. Asimismo y en el caso de compartir elementos deportivos, se aconsejó continuar con la desinfección de los mismos luego de su utilización.
Por su parte los vestuarios -además de las normas de higiene ya implementadas desde el comienzo de la pandemia- pueden ser utilizados en un 50% de su capacidad habilitada, permaneciendo un máximo de 15 minutos y pudiendo usarse las duchas. La toma de temperatura antes de ingresar a los establecimientos deportivos dejará de ser obligatoria y las instituciones tampoco estarán obligadas a asignar turnos para el uso de los espacios deportivos (se elimina además la obligatoriedad a guardar el registro de asistentes).
Con respecto al desarrollo de actividades físicas, deportivas y recreativas contemplando competencias con público espectador, a desarrollarse al aire libre o en espacios cerrados, ya sea en ámbitos públicos o privados (clubes, clubes de barrio, polideportivos, natatorios, estudios de danza o afines) las mismas podrán desarrollarse con la capacidad máxima habilitada por la normativa vigente para dicho predio siendo el tope de 10.000 espectadores al aire libre y 6.000 en espacios cerrados. En este último caso, se aclaró que podrá llegarse a un tope de hasta 10.000 espectadores, pero deberá exigirse al público asistente al establecimiento, la acreditación del esquema de vacunación que a continuación se detalla:
-Para el ingreso de personas mayores de 18 años al establecimiento, se deberá acreditar esquema completo de vacunación contra el COVID-19.
-Para los menores de 18 años, deberán acreditar haber recibido la primera dosis, en tanto no se encuentren aún comprendidos en los cronogramas de vacunación para la aplicación de la segunda dosis que disponga la Autoridad. Cuando dichos grupos etarios tengan disponible la aplicación de la segunda dosis, se les deberá exigir la acreditación para el ingreso.
Por último y en relación a la utilización de los espacios disponibles en los polideportivos, participar de las clases deportivas que allí se ofrecen, o acceder a los programas que funcionan en plazas y parques, seguirá siendo necesario sacar turno a través de la web de la Subsecretaría de Deportes de la Ciudad con el objetivo de garantizar el buen funcionamiento de las instalaciones y asegurar su disponibilidad, tanto de las actividades dirigidas, como de las que se realizan en forma libre.