Flexibilizan requisitos para el ingreso al país de extranjeros sin esquema de vacunación completo

La cartera de Salud flexibilizó las condiciones para aquellas personas que ingresen al país por motivos familiares, diplomáticos, laborales y deportivos competitivos que no cuenten con el esquema de vacunación completo contra el coronavirus. No obstante, deberán presentar documentación que lo justifique.  Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución 2948/2021 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional estableció una serie de condiciones para que los extranjeros no vacunados contra el COVID-19 puedan acceder a la excepción de cumplir un esquema de inoculación para ingresar al país, en caso de que se traten de familiares directos de argentinos o residentes en el país que viajen por motivo de visita familiar; o quienes lo hagan por motivos laborales, diplomáticos o deportivos competitivos.

Por tanto y en lo que respecta a aquellos casos que se traten de visitas familiares, la flexibilización de los requisitos alcanza a hijos, padres, cónyuges o convivientes de argentinos o residentes, con lo cual las personas interesadas en acceder a esta eximición -de contar con el esquema de vacunación completo- deberán presentar partida de matrimonio o de nacimiento; certificación de unión civil / convivencial o certificación emitida por autoridad local que pruebe convivencia; documento nacional de identidad argentino del familiar dador del criterio”.

Asimismo, también se requerirá que la documentación esté apostillada con copia de pasaporte y se declare la fecha programada del viaje.

La medida también alcanza a extranjeros no residentes que viajen por motivos de trabajo, negocios, estudios, capacitación, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios; o por ser deportista y requerir participar de un evento deportivo y que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación, según criterio establecido por país de procedencia.

Por consiguiente y al hacer su ingreso al país, estas personas deberán presentar documentación que justifique el criterio invocado, ya sea carta del empleador, carta del invitante en el país, o de la contraparte comercial; carta oficial del organismo del Estado que envía al funcionario extranjero en misión oficial o constancia de inscripción en institución educativa o en congreso; o invitación de la entidad deportiva que organiza el torneo internacional reconocido por el Ministerio de Transporte de Turismos y Deportes.

De la misma manera, también están comprendidos los extranjeros a quienes se les otorgue un visado en categorías migratorias permanente o temporaria que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según criterio establecido por país de procedencia.

Para todos los casos, entonces, se especificó que se deberá presentar copia de pasaporte y declarar la fecha programada del viaje y se verificará la visa otorgada.

Los extranjeros que formen parte de equipos deportivos, en tanto, deberán contar con una certificación de la entidad que representen y que acredite que viajan con motivos competitivos a fin de que puedan exhibirla ante las autoridades competentes de ingreso al país y así eximirse además del requisito de cuarentena para su ingreso a la Argentina.

Entre otros de sus aspectos, la norma establece que esta excepción podrá también reconocerse a los argentinos mayores no vacunados en las mismas condiciones y con los mismos requisitos, siendo que la documentación que acredite las condiciones y requisitos referidos en la Resolución deberá ser portada por la persona que ingresa al país en todo momento, al menos durante los primeros 14 días de ese ingreso.

Por otro lado, las personas extranjeras que por su función diplomática estén acreditados ante el Estado Argentino para acceder a la excepción de la exigencia de vacunación COVID-19 con esquema completo, cuya última dosis se hubiera aplicado al menos 14 días antes de su ingreso al país, podrán tramitar ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, por única vez, una certificación consular respecto de que, como titulares de dicha acreditación, están exceptuados de la restricción de ingreso al país.

En último lugar, se aclaró que cuando en las solicitudes de excepción se invoquen motivos de salud, se dará inmediata intervención al Ministerio de Salud para la evaluación de los antecedentes del caso por parte de sus áreas competentes.

“Si bien la situación internacional en relación con la variante Delta continúa representando un riesgo, la República Argentina, al alcanzar niveles elevados de vacunación principalmente en los grupos de más riesgo, se encuentra en condiciones de continuar avanzando en la flexibilización de las medidas implementadas para el ingreso al país”, se argumentó entre los considerandos de la medida que lleva la firma de la ministra de Salud, Carla Vizzotti.