Chubut: Aprueban la emergencia en los servicios públicos de energía y agua potable

La Legislatura dio su aprobación a la emergencia en la prestación de los servicios públicos de energía eléctrica y agua potable que brinda la Dirección General de Servicios Públicos la provincia por el término de 18 meses. Por Cuarto Intermedio

Crédito foto: Web Honorable Legislatura del ChubutCrédito foto: Web Honorable Legislatura del Chubut

La Legislatura del Chubut aprobó, luego de las modificaciones realizadas en comisiones, la emergencia en la prestación de los servicios públicos de energía eléctrica y agua potable que brinda la Dirección General de Servicios Públicos la provincia por el término de 18 meses.

Se trata, en efecto, del proyecto de ley N° 72/24, presentado por la diputada del bloque Despierta Chubut Jacqueline Caminoa, y que fue analizado de manera conjunta por las Comisiones de Presupuesto y Hacienda; y de Infraestructura, Servicios Públicos, Integración Regional e Internacional.

La emergencia establece la facultad al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, para “proveer los recursos económicos necesarios para la ejecución de las acciones tendientes a la atención de la emergencia, de forma de garantizar sin demoras la provisión de energía eléctrica y agua potable para la región, autorizando a la Dirección General de Servicios Públicos la contratación directa de los bienes y servicios indispensables para tal fin”.

Además, agrega que “las contrataciones directas que como régimen de excepcionalidad se implementa, deberán requerir un mínimo de dos presupuestos tomándose cómo válido el más conveniente para el Estado Provincial”, y que “se establecerá como condición previa al pago de los insumos o equipamiento la entrega inmediata de los bienes adquiridos”.

A la vez, la norma faculta a la Dirección General de Servicios Públicos a contratar equipos generadores para el interior provincial, entre otras acciones tendientes a contar con herramientas, insumos y personal con el fin de garantizar los servicios.

Por otro lado, el artículo 6° modificado por propuesta del diputado Coliñir, autoriza al Ministerio de Economía y Crédito Público, “con carácter excepcional y extraordinario, a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes para el cumplimiento de los fines previstos en la presente Ley”, al tiempo que añade que “deberá comunicar a la Honorable Legislatura de la Provincia, en un plazo de 5 días hábiles, el acto administrativo por el que se emitió la disposición”.