Por medio de la Resolución 4/2022, el Gobierno nacional fijó para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y los organismos del Estado Nacional en que actúe como empleador, un Salario Mínimo, Vital y Móvil, excluidas las asignaciones familiares, con las siguientes sumas:
-A partir del 1° de Abril de 2022, en $38.940 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo; y de $194,70 por hora para los trabajadores jornalizados.
-A partir del 1° de Junio de 2022, en $42.240 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo; y de $211,20 por hora para los trabajadores jornalizados.
-A partir del 1° de Agosto de 2022, en $45.540 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo; y de $227,70 por hora para los trabajadores jornalizados.
-A partir del 1° de Diciembre de 2022, en $47.850 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo; y de $239,30 por hora para los trabajadores jornalizados.
Por otro lado, también se incrementaron los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo de la siguiente manera:
-$10.817 y $18.028, respectivamente, a partir del 1° de Abril de 2022.
-$11.733 y $19.556, respectivamente, a partir del 1° de Junio de 2022.
-$12.650 y $21.083, respectivamente, a partir del 1° de Agosto de 2022.
-$13.292 y $22.153, respectivamente, a partir del 1° de Diciembre de 2022.
“El consenso obtenido en el ámbito del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, contribuye al fortalecimiento del diálogo social y de la cultura democrática en el campo de las relaciones del trabajo”, se expresó entre los considerandos de la medida.