Por medio de las Resoluciones Generales 5211/2022 y 5213/2022 publicadas en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los importes mínimos para el ingreso de los anticipos del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
Para el caso de Bienes Personales, se incrementó el importe a partir del cual se genera la obligación del ingreso de los pagos a cuenta del impuesto sobre los mismos. El nuevo monto, entonces, es de 5.000 pesos (el anterior importe, vigente desde 2018, era de 1.000 pesos). Cabe mencionar, además, que el nuevo monto rige para los anticipos correspondientes al período fiscal 2022 y siguientes.
Por otro lado, se elevaron los importes mínimos para el ingreso de los anticipos del impuesto a las Ganancias, donde los nuevos montos son de 5.000 pesos para el caso de personas humanas y sucesiones indivisas, y de 2.500 pesos para personas jurídicas (estos importes eran hasta ahora de 1.000 y de 500 pesos, respectivamente).
De acuerdo a lo establecido en la norma, los montos de 5.000 y de 2.500 pesos resultarán de aplicación a partir del período fiscal 2022 para cuando se trate de personas humanas y sucesiones indivisas, y desde el período fiscal 2023 para el caso de Ganancias sociedades.
Asimismo, con esta Resolución se introducen adecuaciones normativas en línea con la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado 2019.
Por último, desde el organismo recaudador indicaron que se adecúa también el procedimiento para la determinación de los anticipos que deben ingresar los contribuyentes beneficiados por regímenes de promoción (se aplica la reducción pertinente respecto del monto total del impuesto a las ganancias correspondiente a la actividad promovida).