Por medio de la Comunicación “A” 7535, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció que a partir del 4 de julio próximo las entidades financieras y los proveedores no financieros de crédito (tanto las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra como los otros proveedores no financieros de crédito) no deberán financiar en cuotas las compras de sus clientes -personas humanas y jurídicas- de pasajes al exterior y servicios turísticos en el exterior (tales como alojamiento, alquiler de auto, etc.), ya sea realizadas en forma directa con el prestador del servicio o indirecta, a través de agencia de viajes y/o turismo, plataformas electrónicas u otros intermediarios, así como también de productos en el exterior que se reciban por el sistema de envíos postales sin finalidad comercial según el Código Aduanero, ni de servicios internacionales de fletes, “couriers” y gestoría de trámites aduaneros.
Por otro lado, cabe recordar que en noviembre del 2021 el BCRA había prohibido el financiamiento de las compras en cuotas sin interés con tarjetas de crédito de pasajes y servicios de turismo al exterior con el fin de “desalentar” la compra de paquetes al exterior y preservar la salida de divisas.