A partir de la Resolución General 5243/2022 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y, de corresponder, de Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%.
Asimismo, también dispone que el organismo no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los mismos al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones alcanzadas (el beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D; y excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E).
Por otro lado, la AFIP otorgó hasta el 30 de septiembre vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes -el máximo, se aclaró, es 8 cuotas y 6 planes por persona-.