Por medio de la Resolución General 5260/2022 publicada en el Boletín Oficial, la AFIP-Aduana redujo los montos por los que se habilita el uso del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier.
Ahora y para encuadrar en este régimen de servicios postales, el valor FOB tope de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario es de 1.000 dólares por vuelo (antes estaba fijado en 3.000 dólares).
En consecuencia, entonces, los Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier solo estarán autorizados a efectuar la solicitud de importación para consumo en forma simplificada cuando el valor FOB de las mercaderías no exceda los 1.000 dólares y los envíos estén dirigidos a un mismo destinatario y el peso total del envío sea de hasta 50 kg.
Además, en el caso de exportación, el valor FOB de las mercaderías a exportar no debe exceder los 3.000 dólares por cada remitente.