Dejan sin efecto el reintegro a las exportaciones de litio

El Palacio de Hacienda consideró que se han cumplido los objetivos para el cual fue oportunamente establecido dado que el sector itífero registró un crecimiento exponencial, tanto en materia de los precios del mineral como en avances de los proyectos que se encuentran en el país. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución 15/2023 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía resolvió dejar sin efecto el reintegro a la exportación de las mercaderías descriptas como litio, óxido e hidróxido de litio, cloruro de litio y carbonato de litio, comprendidas en distintas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR.

Para tal fin, se instruyó a los secretarios de la cartera económica a que, en el ámbito de sus competencias, proyecten el acto administrativo que resulte necesario para dar cumplimiento a lo previsto, iniciando e impulsando los procedimientos administrativos correspondientes a tal efecto.

De acuerdo a lo argumentado entre los considerandos de la medida, el sector litífero ha registrado en la actualidad un crecimiento exponencial, tanto en materia de los precios del mineral -impulsados por una gran demanda global- como en avances de los numerosos proyectos que están radicados en el país. A la vez, agrega que la minería del litio, a partir de su desarrollo, ha visto mejoras significativas tanto en materia de competitividad como tecnológica y de infraestructura.

Por tales motivos, entonces, se esgrimió que teniendo en cuenta la electro-movilidad que provocó un cambio del mercado y que el escenario internacional tuvo un crecimiento abrupto en la demanda de litio que produjo un incremento en forma exponencial en el precio y así también en la rentabilidad de los proyectos, se entiende que un estímulo como el reintegro, “ha cumplido los objetivos para el cual fue oportunamente establecido”.