AFIP: Adelantan vencimientos de impuestos de febrero

Por medio de la Resolución General 5323/2023 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos adecuará excepcionalmente las fechas de vencimiento de ciertas obligaciones impositivas.  Por Cuarto Intermedio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que por razones de administración tributaria se adecúan, con carácter de excepción, las fechas de vencimiento para el cumplimiento de la determinación e ingreso de ciertas obligaciones impositivas, cuyo vencimiento original fuera fijado para los días 27 y 28 de febrero.

Las nuevas fechas de vencimiento, entonces, se adelantan a los días 23 y 24 de febrero de 2023, según la terminación de la CUIT.

Los vencimientos pautados para el mes de febrero serán:

Impuesto al valor agregado

Régimen General

Presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante correspondientes al período fiscal enero de 2023. De igual manera, se adelanta también el vencimiento de Libro de IVA Digital.

 


Micro y pequeñas empresas

Ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada del período fiscal noviembre de 2022 y presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal enero de 2023.

 

Actividad agropecuaria

Presentación de la declaración jurada del período fiscal enero de 2023 e ingreso anual del impuesto correspondiente a ejercicios con cierre en enero de 2023.

 

Por otro lado desde el organismo recaudador establecieron, con carácter de excepción, el día 24 de febrero de 2023 como fecha de vencimiento para la determinación y/o ingreso de las obligaciones tributarias con vencimiento original fijado para el día 27 de febrero del corriente año, conforme se indica a continuación:

-Impuesto PAIS: ingreso de las percepciones practicadas entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.

-Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias: ingreso de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado, del período comprendido entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.

-Impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos: ingreso del gravamen correspondiente a las localidades o boletos entregados entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.