Oficializan cambios sobre el régimen de reintegros a sectores vulnerados por compras con tarjeta

La medida de la Administración Federal de Ingresos Públicos establece modificaciones sobre el régimen de reintegros por compras con tarjeta de débito, ampliando así la cantidad de personas alcanzadas e incrementando el importe del beneficio. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución General 5410/2023 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó modificaciones sobre el régimen de reintegros por compras con tarjeta de débito, ampliando así la cantidad de personas alcanzadas por la medida y, a su vez, incrementando el importe del beneficio.

Concretamente, establece que podrán acceder al beneficio quienes cobren una jubilación o pensión por fallecimiento que no exceda los tres haberes mínimos, fijado para el mes de septiembre en $ 87.459,76 (hasta la modificación podían acceder únicamente los jubilados y pensionados que cobraran la mínima).

Además, los jubilados y pensionados que sean alcanzados por el régimen verán incrementado el tope de reintegro, valor que pasó de $ 4.056 a $ 18.000 por mes y por beneficiario; mientras que quienes cobren una pensión no contributiva nacional que no supere el haber mínimo y los titulares de asignaciones universales por hijo o por embarazo, estarán alcanzados por el reintegro hasta el límite de $ 4.056 por mes y por beneficiario, importe que ascenderá a $ 8.114 cuando se trate de beneficiarios de más de una asignación.

Por otro lado, se especificó que el reintegro se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria que percibe el beneficio, dependiendo del horario en que se realizó la compra:

-Para las compras que se realicen hasta las 17 horas, la acreditación se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación.

-Para las compras hechas luego de las 17 horas, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.

Excepcionalmente, el reintegro por compras efectuadas entre el 1° de septiembre y el 14 de septiembre de 2023 será acreditado el día 15 del mismo mes.