Tras hacer su ingreso formal a la Cámara de Diputados de la Nación, la denominada “Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos” que contiene 183 páginas y consta de 664 artículos, declara la emergencia por dos años en once áreas y establece una gran cantidad de cambios en la estructura estatal, algunos de los cuales asoman cuanto menos “polémicos” debido a las atribuciones que se les otorgaría al Ejecutivo, incluso en materia de legislación.
En relación al capítulo impositivo, la iniciativa contempla un blanqueo de capitales y una moratoria de las obligaciones tributarias y aduaneras, así como también de los recursos de la seguridad social vencidas al 30 de noviembre. Además, propone una serie de cambios en el régimen de Bienes Personales; fija retenciones para el sector agropecuario; autoriza las importaciones de gas natural sin la necesidad de pedir autorización; unifica los entes de gas y de electricidad; y cambia le Ley de Biocombustibles.
Respecto al apartado de las privatizaciones, se plantea esa acción sobre las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado, entre las que se encuentran el Banco Nación, YPF, Aerolíneas Argentinas, Aysa; y medios de comunicación públicos como Télam, Canal 7 y Radio Nacional.
En ese sentido, faculta al Poder Ejecutivo a proceder a la “enajenación de las participaciones accionarias o de capital del Estado Nacional y/o sus entidades en toda empresa privada, que no le otorguen la mayoría de capital social necesario para ejercer el control de tales entidades, para lo cual se aplicarán en lo pertinente los procedimientos previstos en el Capítulo II de la Ley N° 23.696”
Por el lado de las jubilaciones, en tanto, suspende el artículo 32 de la ley 24.241 que establecía el sistema para aumentar el haber jubilatorio cada tres meses. “Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder Ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”, propone.
Asimismo también se buscan realizar importantes modificaciones el plano electoral, puesto que en uno de sus artículos se deroga las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), se cambia el régimen de partidos políticos, y la composición de la Cámara de Diputados.
Otro de los puntos salientes de la “Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”, es el referido a las modificaciones al Código Penal, dado el actual contexto de “tirantez” con los gremios y las organizaciones sociales por las manifestaciones callejeras: es que allí, se pretende aplicar penas a aquellas personas que “sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua, aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de uno a tres años y seis meses”.
De la misma manera, si se impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o medios de transporte público portando un arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas, la pena será de dos a cuatro años de prisión, siempre que no constituyere un delito más severamente penado; mientras que quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad, serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe.