Ganancias: Prorrogan plazo para la presentación del formulario de la declaración jurada

Hasta el 31 de mayo próximo, inclusive, los ciudadanos obligados a presentar el formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio “SiRADIG - TRABAJADOR” podrán, con carácter de excepción, efectuar la presentación por el período fiscal 2023. Por Cuarto Intermedio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó que aquellos ciudadanos obligados a presentar el formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio “SiRADIG – TRABAJADOR” podrán, con carácter de excepción, efectuar la presentación por el período fiscal 2023 hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive.

Los agentes de retención, por su parte, realizarán la liquidación anual correspondiente al aludido período hasta el 28 de junio de 2024, inclusive.

“El importe determinado en la liquidación anual, será retenido o, en su caso reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior o, en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 10 de julio de 2024, inclusive”, especificó el organismo recaudador nacional.

La medida fue oficializada a través de la publicación de la Resolución General 5507/2024 en el Boletín Oficial.