El Gobierno nacional oficializó la creación del Consejo de Mayo

A partir de su funcionamiento, se buscará propiciar el debate y la elaboración de propuestas normativas y demás medidas necesarias para la implementación de los lineamientos acordados durante la firma del “Pacto de Mayo”. Por Cuarto Intermedio

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Por medio del Decreto 617/2024, el Gobierno nacional oficializó la creación del Consejo de Mayo, el cual tuvo su origen el pasado 9 de julio en la provincia de Tucumán, tras la rúbrica del “Pacto de Mayo” que protagonizaron el Presidente Javier Milei y la mayoría de los gobernadores.

El mismo funcionará como un órgano colegiado consultivo de debate y elaboración de proyectos de leyes y demás actos administrativos necesarios para la implementación de los lineamientos acordados en el “Pacto de Mayo”, y estará bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete, la que lo asistirá con los recursos humanos y presupuestarios necesarios para el cumplimiento de sus cometidos.

De acuerdo a lo establecido, el Consejo de Mayo tendrá las siguientes funciones: asesorar al Poder Ejecutivo Nacional en la articulación e implementación de políticas y medidas para cumplir con los lineamientos del “Pacto de Mayo”; elaborar los proyectos normativos necesarios para implementar los lineamientos del “Pacto de Mayo”; realizar estudios, desarrollar planes y formular propuestas relacionadas con la implementación y cumplimiento de los lineamientos del “Pacto de Mayo”; y elaborar y mantener actualizada una agenda de trabajo dentro de su competencia para la implementación de los lineamientos del “Pacto de Mayo”.

Para el cumplimiento de sus funciones, en tanto, dicho Consejo tendrá las facultades de solicitar informes y la asistencia que considere necesaria para el logro de su cometido a las diferentes jurisdicciones y organismos del Estado Nacional, de los Estados provinciales y/o de la Ciudad de Buenos Aires; promover estudios, debates públicos u otros mecanismos de participación y consulta, tanto en forma presencial, virtual o ambas modalidades que permitan captar la opinión de la población sobre los temas en tratamiento; y convocar a los sectores que se encuentren alcanzados por las cuestiones sometidas a su consideración.

El Consejo de Mayo -que comenzará a funcionar dentro del plazo de 30 días a partir de la publicación del presente decreto- estará integrado por 1 Presidente y 6 Consejeros, designados de acuerdo a la siguiente manera: 1 Consejero en representación del Poder Ejecutivo; 1 Consejero a propuesta de las provincias firmantes del “Pacto de Mayo” y de la Ciudad de Buenos Aires; 1 Consejero a propuesta del Senado de la Nación; 1 Consejero a propuesta de la Cámara de Diputados de la Nación; 1 Consejero a propuesta de las Organizaciones Sindicales de Tercer Grado; y 1 Consejero a propuesta de las Entidades Gremiales Empresarias de Tercer Orden.

Cabe señalar, además, que el Presidente del Consejo será el titular de la Jefatura de Gabinete (es decir, Guillermo Francos), quien podrá convocar y presidir las reuniones plenarias del Consejo, por lo menos una vez al mes, o en lapsos menores si ello resultare aconsejable, o a pedido del Presidente de la Nación, así como también proponer al Consejo un Plan de Trabajo para el tratamiento de los diversos temas o cuestiones que el Gobierno o el pleno del Consejo decidan tratar; y supervisar las tareas técnicas y administrativas que se presten en apoyo del Consejo.

En otro orden, se determinó que el Consejo de Mayo celebrará una sesión ordinaria al menos una vez cada 30 días y que también podrá celebrar sesiones extraordinarias por decisión del Presidente del Consejo o a solicitud de más del 50% de sus miembros, o bien a pedido del Presidente Milei.

Asimismo y para pueda sesionar, será necesario contar con la presencia de su titular y un quorum conformado por la mayoría del total de sus miembros, mientras que los acuerdos que surjan en su ámbito se adoptarán por consenso y serán remitidos al Jefe de Estado para su consideración (en los casos en que no se alcance un consenso, se remitirá al Presidente de la Nación el acuerdo mayoritario acompañado de las posiciones minoritarias).

Finalmente, se aclaró que los gastos de traslado, movilidad y hospedaje de los integrantes del Consejo de Mayo serán atendidos con las partidas presupuestarias de la Jefatura de Gabinete, a la vez que se remarcó que los mismos desarrollarán sus tareas con carácter “ad-honorem”.