Modifican régimen de emisión electrónica de liquidaciones primarias de granos

La medida emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos elimina el deber de inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial para ciertos sujetos que desarrollan actividades de compraventa de granos, así como también de derivados para consumo propio. Por Cuarto Intermedio

Foto: Prensa y Comunicación Ministerio de AgroindustriaFoto: Prensa y Comunicación Ministerio de Agroindustria

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) para determinados operadores de granos.

En concreto y a través de la Resolución General 5558/2024 publicada en el Boletín Oficial, se dio de baja la obligación de inscripción en el RUCA para ciertos sujetos que desarrollan actividades de compraventa de granos y derivados para consumo propio.

De acuerdo a lo expresado por el organismo que conduce Florencia Misrahi, esta actualización facilita la integración y el acceso a los sistemas de información, promoviendo una mayor eficiencia en la gestión de las liquidaciones.

Además y respecto a la fiscalización, precisó que mantendrá sus facultades de verificación y fiscalización para asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes. “La permanencia de estos contribuyentes en el régimen estará condicionada a la conservación de sus respectivas categorías como operadores en la cadena de comercialización de granos”, aclaró.