La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) para determinados operadores de granos.
En concreto y a través de la Resolución General 5558/2024 publicada en el Boletín Oficial, se dio de baja la obligación de inscripción en el RUCA para ciertos sujetos que desarrollan actividades de compraventa de granos y derivados para consumo propio.
De acuerdo a lo expresado por el organismo que conduce Florencia Misrahi, esta actualización facilita la integración y el acceso a los sistemas de información, promoviendo una mayor eficiencia en la gestión de las liquidaciones.
Además y respecto a la fiscalización, precisó que mantendrá sus facultades de verificación y fiscalización para asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes. “La permanencia de estos contribuyentes en el régimen estará condicionada a la conservación de sus respectivas categorías como operadores en la cadena de comercialización de granos”, aclaró.