Por medio de la Resolución 708/2024 publicada en el Boletín Oficial, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) dejó sin efecto toda autorización que haya otorgada a favor de la inclusión, en las facturas de EDENOR y EDESUR, de conceptos ajenos al servicio que estas distribuidoras brindan en sus respectivas áreas de concesión, en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
Cabe señalar que esta medida es consecuente con la Resolución 267/2024, que la Secretaría de Industria y Comercio publicó el 11 de septiembre pasado, y que establece que los proveedores de bienes y servicios deberán facturar exclusivamente los ítems relativos a la prestación ofrecida (por tanto, aquéllos que liquiden otros cargos serán sancionados según prevé la Ley de Defensa del Consumidor).
El servicio de distribución de energía eléctrica concesionado a EDENOR y EDESUR es de carácter federal, razón por la cual compete al ENRE determinar los conceptos que deben figurar en las facturas correspondientes.