Rechazan pedido de Cristina y de Boudou para poder cobrar su jubilación de privilegio

Desde el Ministerio de Capital Humano confirmaron el rechazo de la ANSES al recurso que habían presentado, respectivamente, la ex Presidenta y el ex vicepresidente, quienes reclamaron por la nulidad de la resolución que había dado de baja sus beneficios previsionales. Por Cuarto Intermedio

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) rechazó el recurso que había sido presentado por la ex Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, así como también el del ex vicepresidente, Amado Boudou, por el cual solicitaban la nulidad de la resolución que dio de baja sus beneficios previsionales.

En concreto y en el caso de la ex mandataria, el organismo había dado de baja las asignaciones mensuales vitalicias de privilegio que percibía simultáneamente como expresidente de la Nación y viuda de un expresidente, en virtud de contar con una sentencia definitiva por la comisión de un delito contra la administración pública.

Vale recordar que en el recurso presentado, Fernández de Kirchner sostuvo que la ANSES carecía de facultades para revocar las asignaciones de privilegio que percibía, que la decisión fue arbitraria, y que se vulneraron sus derechos. No obstante, la resolución desestimó esos argumentos. “Esta decisión constituye una aplicación rigurosa de la ley, ante la que todos los ciudadanos nos encontramos en pie de igualdad y un mensaje claro de que nadie está por encima de ella”, expresaron desde el Ministerio de Capital Humano por medio de un comunicado.

Por otro lado y en el caso de Boudou, se explicó que además de revocar su asignación vitalicia, la Dirección Ejecutiva de la ANSES ordenó llevar adelante las acciones judiciales tendientes a recuperar los fondos que el ex vicepresidente percibió “indebidamente”, luego de que fuera condenado penalmente.

En ese sentido, se remarcó que la Resolución que oportunamente revocó su asignación sostiene que este beneficio responde a un régimen excepcional y que, a diferencia de las demás prestaciones del SIPA, no tiene ningún requisito ni de edad, ni de tiempo de servicio con aportes, ni de permanencia mínima en el cargo, sino que es un “privilegio” que se otorga en reconocimiento al honor, al mérito y al buen desempeño de presidentes y vicepresidentes.

“En este sentido, el ex vicepresidente tiene condena firma ratificada, primero por la Cámara Federal de Casación Penal y, luego, por la Corte Suprema de Justicia pro un delito cometido en ejercicio de sus funciones como vicepresidente de la Nación”, señalaron desde la cartera que conduce Sandra Pettovello.