Por medio de la Resolución 235/2025 publicada en el Boletín Oficial, se simplificaron los requisitos y procedimientos para la importación de partes nuevas o usadas para el sector aeronáutico.
Para tal fin, la autorización de la importación se instrumentará a partir de un documento denominado “Aviso de importación para Productos del Sector Aeronáutico”, emitido por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) para ser presentado ante la Dirección General de Aduanas (DGA), dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), al momento de solicitarse la destinación definitiva de importación para consumo de los bienes comprendidos en ese documento.
“Esta nueva normativa simplifica el trámite a una simple declaración jurada. Se deja de pedir posición arancelaria, destino, representante técnico, formulario 8130, manual de la aeronave o catálogo. Ahora se requiere simplemente acompañar el listado de las piezas a importar”, manifestó sobre la medida el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Por otro lado, cabe señalar que la implementación de este procedimiento será a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), y tiene como objetivo mejorar la eficiencia administrativa y reducir los plazos de tramitación.