La Sala Segunda de la Cámara Federal confirmó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no “ostenta la calidad de damnificado” en una causa en la que se investiga el delito de trata de personas y reducción a servidumbre de trabajadores de un taller textil clandestino y le negó la posibilidad de ser parte querellante.
Los camaristas Eduardo Farah, Horacio Cattani y Martín Irurzun confirmaron la resolución del juez Federal Sebastián Casanello, quien “rechazó la solicitud del organismo de ser tenido por parte querellante en la causa” argumentando su “condición de autoridad de aplicación de las normas de registración laborales y previsionales”.
Los magistrados explicaron que “aún cuando el carácter de ofendido se requiere sólo a título de hipótesis, es necesario acreditar un plus en su legítimo interés que exceda aquél que resguarda el Ministerio Público Fiscal” lo que, a criterio de los magistrados, no existe en esta causa.
Los magistrados señalaron que “en estos procesos, la evasión o la sustracción al control del organismo recaudador no resulta una pauta definitoria de los delitos denunciados en estos actuados, si bien es un extremo más a valorar”.