La Cámara Civil rechazó el reclamo de la familia de un boxeador que murió en el año 2000 como consecuencia de las lesiones cerebrales que sufrió por un golpe en un entrenamiento.
La Sala I del tribunal entendió que “la lesión que derivó en el fallecimiento del deportista fue una consecuencia previsible, no siempre evitable, desafortunada y accidental propia de la disciplina que practicaba”.
El 10 de mayo de 2000, el pugilista Sergio Ariel Soto “se encontraba realizando una habitual práctica de entrenamiento de boxeo junto con Roberto Analis en el gimnasio ‘Oriani’ de la Federación Argentina de Box”.
“Al recibir un golpe cayó pegando su cabeza contra el piso del ring. Una vez concluido el entrenamiento se desplomó inconsciente en el piso del baño, por lo que fue trasladado en una camioneta particular al Hospital Ramos Mejía, donde luego de efectuársele un drenaje a efectos de disolver el coagulo de sangre que se había formado en el cerebro, permaneció en terapia intensiva hasta el momento de su fallecimiento, el 18 de octubre de 2000”, describe la resolución.
Los jueces Carmen Ubiedo, Patricia Castro y Hugo Molteni calificaron al boxeo como un deporte “de altísimo riesgo”.
“El que aceptó el riesgo, el que buscó libremente participar de una actividad riesgosa, no puede ampararse en el mismo riesgo que quiso asumir para pretender la responsabilidad del organizador”, en este caso la Federación de Boxeo, explica el fallo.
“Si el deportista, quien contaba en su haber con 60 combates como amateur y 6 como profesional, aceptó libremente participar de la actividad riesgosa, no puede volverse cándidamente contra el titular de la actividad, como si él mismo no hubiera conocido y aceptado el riesgo que iba o pudiera correr”, insistieron los jueces, al rechazar la demanda.