La Cámara en lo Criminal Federal confirmó el fallo que desestimó una denuncia de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) contra la empresa Cablevisión S.A. por presunta estafa procesal.
La AFSCA había denunciado que Cablevisión, en otro expediente en el fuero contencioso administrativo, habría alegado falsamente el cumplimiento de una orden judicial.
En la causa en el fuero contencioso administrativo la AFSCA demandó a Cablevisión por haber incumplido la obligación de adecuar las señales de su grilla de programación en los servicios de televisión por suscripción que explota la empresa.
Esa demanda sigue en trámite, pero la denuncia por supuesta estafa procesal fue desestimada por el juez federal en lo criminal y correccional Sebastián Ramos, luego de examinar todo el expediente que tramita en el otro fuero ante el magistrado Pablo Cayssials.
La decisión fue apelada por el presidente de la AFSCA, Martín Sabbatella, quien además reclamó que se le reconociera el rol de querellante en el sumario penal.
La Sala II de la Cámara reconoció el derecho de Sabbatella de actuar como querellante, pero confirmó la decisión de primera instancia que rechazó la denuncia por “inexistencia de delito”.
Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah, con la intervención del secretario federal Nicolás Pacilio, sostuvieron que “del propio relato de la querella” surge que la conducta ilícita que se le atribuyó a Cablevisión no encuadra en ningún delito previsto en el Código Penal.
“Que Cablevisión haya dicho haber cumplido con una orden que la AFSCA consideró insatisfecha no es delito”, sino “materia de litigio” en otros expedientes.