La Cámara Laboral descartó que el stress causado por conducir un taxi en la ciudad de Buenos Aires haya sido determinante para la afección cardíaca que causó la muerte de un chofer.
“Resulta remota la incidencia del factor laboral en la afección del causante”, sostuvieron los jueces Álvaro Balestrini y Mario Fera, de la Sala Novena del tribunal.
“La procedencia del reclamo requería ineludiblemente que se acreditara la efectiva vinculación causal entre las condiciones laborales a las que se dijo se encontraba sometido el causante y la severa afección cardiovascular derivada de arterioesclerosis por la que había tenido tres intervenciones quirúrgicas previas”, recordaron los jueces.
En ese sentido, el fallo reconoció que “conducir un taxi por la ciudad de Buenos Aires durante jornadas prolongadas -entre 12 y 16 horas- es una actividad estresante”, pero “no surge de ningún otro elemento de juicio un parámetro objetivo que permita advertir el factor de imputación del daño”.
“Tendemos a relacionar la vivencia de estrés de una persona únicamente con su actividad laboral, cuando su vida está diversificada en múltiples vertientes que interactúan entre sí”, reflexionaron los jueces.
“¿Cómo separar en un individuo las experiencias que puedan causarle estrés en su puesto de trabajo con el que pueda tener su origen en los fracasos escolares de sus hijos, el fallecimiento de un ser querido, los problemas con su pareja o sus insatisfacciones vitales en el sentido más amplio?”, se preguntó el fallo.