El Ejecutivo nacional disminuyó la alícuota del 21 por ciento establecida en el Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos, estableciéndola en el 7%. De esta manera, se dio marcha atrás para que se eleve la carga impositiva sobre los mismos.
A través del Decreto 26/2016 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional decidió disminuir la alícuota del 21 por ciento establecida en el Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos (Ley N° 24.625), estableciéndose la misma en el 7%.
La medida surtirá efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1º de enero de 2016 y hasta el 30 de abril de 2016, ambas fechas inclusive.
“De acuerdo con los informes técnicos pertinentes, teniendo en cuenta las metas de recaudación del Gobierno Nacional y con el objeto de lograr un equilibrio razonable entre las distintas partes que operan en el campo productivo del sector tabacalero, se hace aconsejable en esta instancia establecer la misma reducción de la alícuota del gravamen para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1 de enero de 2016 y hasta el 30 de abril de 2016”, se indica entre los considerandos del Decreto que debe ser informado a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación.
La medida gubernamental lleva las firmas del Presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete Marcos Peña, y de los ministros de Hacienda y Finanzas, Alfonso Prat Gay y de Agroindustria, Ricardo Buryaile.