Los jueces Luis Raffaghelli y Graciela Craig dieron por probado que la trabajadora “prestó servicios en un ambiente de trabajo hostil que le produjo en definitiva, el daño psíquico constatado”, de lo que la empresa es responsable por “no haber garantizado la indemnidad psicológica” de su empleada.
El fallo recayó sobre una empresa que vende artículos de cosmética y perfumería y tiene su principal local de atención al público sobre la peatonal Florida.