El triple crímen de General Rodríguez

Federico Efraín Faggionatto Márquez es el titular del juzgado federal de Campana sobre el que recae la investigación del crimen de corte mafioso a tres... Por Cuarto Intermedio

Federico Efraín Faggionatto Márquez es el titular del juzgado federal de Campana sobre el que recae la investigación del crimen de corte mafioso a tres jóvenes, vinculado a la manipulación de drogas farmacéuticas. Nombrado por el gobierno de la Alianza en el 2001, se le siguen varias causas ante el Consejo de la Magistratura.

  Salteándose etapas procesales normales, la Corte Suprema de Justicia de la Nación pidió a la Procuración General de la Nación que dirimiera una cuestión de competencia, vinculada con el denominado “triple crimen de General Rodríguez”, entre el juzgado penal de instrucción porteño número 19 y el juzgado de Garantías número uno del departamento judicial de Mercedes, provincia de Buenos Aires.              Según un dictamen firmado el 8 de octubre pasado por el procurador adjunto Luis González Warcalde, la investigación por el triple crimen debía recaer en… otro juzgado: el federal de Zárate-Campana, que no tenía intervención directa en la puja por la competencia.“La ausencia en esta causa de elementos que permitan determinar al menor prima facie el móvil criminal de la privación ilegítima de libertad y homicidio calificado de Forza, Ferrón y Bina (pero que sí señalan una comunidad de intereses entre ellos en vinculación a la manipulación de drogas farmacéuticas) y por otra parte, los fuertes indicios que pueden extraerse del proceso en trámite ante la Justicia federal de Campana por infracción a la ley 23.737 (ya que el tráfico sería de similares precursores químicos o sus derivados; se relaciona a Forza con uno de los extranjeros imputados en ese proceso -según lo sindicado por un testigo de identidad reservada, conforme cita el abogado de la querella-; existe coincidencia entre el número de código de radio ‘Nextel’ de Forza y los asentados en los directorios de dos de los teléfonos celulares secuestrados en aquella investigación; entre otros) no permiten descartar que aquellos delitos fueron cometidos en un contexto directamente relacionado con el tráfico de estupefacientes, de competencia exclusiva del fuero de excepción”.El titular del juzgado federal de Campana es un hombre de altísima exposición mediática por estos días: Federico Efraín Faggionatto Márquez. El magistrado llegó a su cargo durante el gobierno de la Alianza: prevaleció en la preferencia del entonces presidente Fernando De la Rúa, pese a que fue segundo en el concurso número 12 del Consejo de la Magistratura, detrás de Federico Calvete, hoy juez federal de Ushuaia,  y delante de Alberto Lugones, ex directivo de la Asociación de Magistrados y prosecretario del Consejo de la Magistratura. Faggionatto Márquez fue designado el 22 de octubre de 2001, poco menos de dos meses antes de la debacle de aquel efímero gobierno.  Otro dato: en el jurado que le tomó examen de conocimientos estaba el juez misionero Ramón Chávez, quien en agosto pasado estuvo muy cerca del juicio político pero finalmente recibió una sanción menor, una multa del 30 por ciento sobre su sueldo en el marco de una causa en la que estuvo acusado de omitir realizar la autopsia para determinar la causa de la muerte de dos gendarmes y no realizar la reconstrucción del hecho.Faggionatto Márquez también tiene problemas en el Consejo de la Magistratura, y bastante serios, por cierto. El expediente original, al que se le acumularon otros varios, se inició en 2005.El senador radical Ernesto Sanz presentó en marzo pasado un dictamen de 94 páginas a la Comisión de Disciplina y Acusación y sólo cinco meses después consiguió que se aprobara, aunque todavía sin fecha, una citación para que formulara su descargo en una serie de expedientes en los que está acusado de presunto “mal desempeño de sus funciones”. Hasta  la causa de la efedrina, en la jerga tribunalicia se lo conocía como “el juez de la soja”, porque entre las imputaciones figuraba la supuesta irregularidad cometida con una plantación de soja en un predio perteneciente al Consejo del Menor y la Familia, que no habría sido adecuadamente liquidada tras su venta.El dictamen de Sanz es extenso y sumamente ilustrativo. Se inició a raíz de la denuncia de una persona con reserva de identidad mediante “un escrito en el que se mencionaban diversos sucesos ilícitos en los que se hallarían implicados el titular del Juzgado Federal de Campana -Federico Efraín Faggionatto Márquez-, personal de la Policía Bonaerense -comisarios Roberto Anauatti y Fabio Bloise- y un abogado de Campana llamado Horacio Henricot. Allí, se indicaba que los nombrados conformarían una ‘Red de Corrupción Organizada… dedicada a la Extorsión; a través de ‘Causas Fabricadas’; para así poder brindar las soluciones a cambio de excesivas sumas de dinero; Contrabando; anulando o no dando lugar a todos los operativos con sus respectivas denuncias llevadas a cabo por la Aduana de Campana, además de manejar directamente el contrabando de cigarrillos entre otras tantas cosas a las que se dedica dicha organización; de lo que surge el abultado Enriquecimiento Ilícito con el que hoy cuentan”.Tras un larguísimo análisis y cotejo de hechos, denuncias y circunstancias, el senador de la UCR concluyó que “surge evidente que las irregularidades cuya comisión es imputada al Dr. Federico Efraín Faggionatto Márquez se asientan sobre la existencia de un conjunto de acciones que, de ser comprobadas, importaría la irremediable necesidad de que aquel magistrado fuera destituido. Y en tal sentido basta recordar que ellas, aún cuando con caracteres claramente diferenciados en torno a sus alcances, bien pueden ser subsumidas en las figuras de mal desempeño y comisión de delito que el art. 53 de la Constitución tiene en vista como causal de destitución de los altos funcionarios del Estado”.“Sea que fuere comprobada la existencia de una supuesta asociación ilícita integrada por el magistrado, las maniobras extorsivas que de ella surgirían, o la simple inactividad del juez en la dirección del juzgado con la consecuente afectación al servicio de la administración de justicia, lo cierto es que cada uno de esos actos importa, en lo esencial, una gravísima afectación a la institución judicial cuya trascendencia no puede dejar de ser vista aún ante su mera sospecha”.El dictamen traza, a modo de hipótesis, una suerte de accionar del juez destinado a intervenir -directamente o a través de un conjuez- en causas en las que él mismo podría ser objeto de investigación, descartarlas y, en cambio, ir en rumbo hacia la investigación contra de sus denunciantes. Todo ello, en un marco de supuesto favorecimiento hacia los policías indicados, quienes -dicho sea de paso- fuero exonerados de la fuerza de seguridad. “El ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, León Arslanián, separó -por los hechos aquí relatados- de la policía bonaerense al comisario inspector Roberto Anauati y al comisario Fabio Bloise, quienes están siendo investigados en una causa penal junto al juez federal de Zárate-Campana, Federico Faggionatto Márquez (en forma absolutamente contraria a derecho)”.  A modo de resumen de las conclusiones, se reproducen aquí algunas consideraciones del senador opositor:* “De las causas penales citadas surge que la investigación, en lugar de encontrarse encaminada al examen de la conducta de los imputados y su vinculación con el objeto del proceso, parece exclusivamente avocada a reunir, mediante un criterio cuya lógica se desconoce, todo aquello que pueda servir para descalificar la figura de los denunciantes”.* “Se advierte, cual denominador común que caracterizaría su proceder, que el juez, en todas aquellas causas en las que su interés puede verse implicado, empeñó sus mayores esfuerzos para controlar la dirección de la instrucción. Una conducta que, al igual que lo que aconteciera en la causa en la que se investigaba el desvío de las cosechas de soja, vuelve a repetirse una y otra vez cuando las circunstancias del caso así lo ameritan”.* “La actitud que el caso asumió el magistrado tan sólo parece encontrar sustento en esa irregular motivación que lo lleva a investigarse a si mismo para, descontada la existencia de mínimas y direccionadas pruebas, concluir por su sola voluntad en la inexistencia del delito que se le imputa”.En la causa que investiga, vinculada con el tráfico de efedrina y sus presuntas derivaciones en relación con el triple crimen de General Rodríguez, el juez de Zárate – Campana aparece como un hombre expeditivo, decidido, rápido a la hora de tomar decisiones, ordenar arrestos y procedimientos y diligenciar los trámites de un expediente. Sin embargo, la denuncia del fiscal general de su jurisdicción, Pablo Quiroga, y dos auditorías realizadas sobre su juzgado parecen contradecir esa percepción. De ellas, “surge que con particular referencia a las excesivas demoras consignadas por el defensor oficial en numerosas causas, cabe poner de manifiesto que ellas fueron constatadas por esta instrucción y no sólo en los expedientes mencionados por el citado funcionario, circunstancia que, por su repetición, llama poderosamente la atención, máxime si se tiene en cuenta sucesivas suspensiones de plazos dispuestas para ese Juzgado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación -las que sumadas alcanzan el total de 540 días- a fin de que actualizara el trámite de sus causas”. El Consejo de la Magistratura quiere (o al menos parece querer) escuchar qué tiene para decir el juez que tiene en sus manos uno de los hechos que mayor conmoción causó en 2008 en la sociedad argentina. La imagen de Faggionatto Márquez en ese expediente, multiplicada por radios y canales de televisión, contrasta mucho con el dictamen de Sanz, quien observa una “actuación incompatible con la prudencia, mesura, imparcialidad, independencia y honestidad que deben caracterizar el desempeño de quienes tienen a su cargo la augusta tarea de administrar justicia. El proceso que pueda llevar adelante se torna en un artificioso remedo de procedimiento judicial, donde la eficacia, ecuanimidad y legalidad de la función jurisdiccional se encuentran inexcusablemente ausentes”.