A partir de la reactivación de la conectividad en el país que se realizará de manera paulatina, el Ministerio de Transporte de la Nación volvió a remarcar que durante esta primera instancia sólo podrán acceder al transporte aquellos trabajadores que desarrollen tareas esenciales, o bien quienes tengan que trasladarse por tratamiento médico, con un acompañante, y que cuenten con el correspondiente Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID-19.
Para el caso del sector aerocomercial, desde la cartera conducida por Mario Meoni especificaron que los operadores de los servicios deberán contar con protocolos y procedimientos elaborados de conformidad con los lineamientos y recomendaciones del Ministerio de Salud, y las implementaciones serán fiscalizadas por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). A su vez, ésta podrá requerir la intervención y/o informes al “Comité de Crisis Prevención COVID-19 en el Transporte Aéreo”.
La ANAC, por su parte, aprobará las programaciones horarias de las operaciones de los servicios de transporte aéreo de cabotaje comercial, con la conformidad de los gobernadores provinciales y del jefe de Gobierno porteño, atendiendo a la situación epidemiológica de cada zona del país, que sean determinadas por las respectivas autoridades sanitarias.
Por otra parte y en relación al retorno de los servicios de transporte automotor y ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional, el Ministerio de Transporte recordó que se deberán aplicarse los protocolos respectivamente elaborados por el “Comité de Crisis Prevención COVID-19 para el Transporte Automotor” y el “Comité de Crisis Prevención COVID-19 para el Transporte Ferroviario”, siendo que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) fiscalizará la implementación de los protocolos y podrá actualizarlos en caso de que corresponda.