El texto, que recibió mayoría de votos, surgió luego de escuchar a historiadores, antropólogos y arqueólogos, además de representantes de los llamados pueblos originarios y del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.
Finalmente, en Comisión, se elaboraron dos despachos: el de mayoría, que recibió treinta votos a favor; y uno en minoría, respaldado por los diputados kirchneristas.
El texto de la resolución sancionada por la Cámara de Diputados indica “con base en los aportes científicos, históricos, antropológicos aportados al momento del tratamiento en Comisión por especialistas en el tema indígena, que los mapuches no deben ser considerados pueblos originarios argentinos en los términos del art. 75 inc. 17 de la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales”.
Además, expresa “repudio por el Decreto N° 850/21 del Poder Ejecutivo Nacional, que prorroga y modifica la Ley 26.160 (que ordena un “relevamiento territorial de comunidades indígenas”), ya que se encuentra viciado de nulidad y fue dictado en contra de la división de poderes”, y a la vez, manifiesta “preocupación por el procedimiento realizado por el INAI en las Resoluciones 36/2023; 42/2023 y 47/2023 de dicho organismo, omitiendo la debida participación de la Provincia de Mendoza, Municipios involucrados y terceros con intereses legítimos y de los actos posteriores que de estas se deriven”.