Organismos de derechos humanos y defensores públicos solicitaron la declaración de inconstitucionalidad de la ley que reformó el sistema de excarcelaciones en casos de portación ilegítima de armas de fuego sancionada por la Legislatura bonaerense el año pasado.
La Comisión por la Memoria, el CELS, el CIAJ, CEPOC y defensores públicos de la Provincia de Buenos Aires cuestionaron la reforma “por violar la Constitución Provincial y los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos”.
La ley fue promovida por el gobernador Daniel Scioli y aprobada el 13 de diciembre pasado, con el argumento de que permitirá controlar la circulación de armas de fuego y, como consecuencia, reducir los delitos más violentos.
“La Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han afirmado en reiteradas oportunidades que no pueden existir delitos no excarcelables porque eso implica atribuirse funciones judiciales”, indicaron las entidades que iniciaron la demanda.
Las organizaciones apelan al artículo 57 de la Constitución Provincial para cuestionar la Ley. El mismo dice: “Toda ley, decreto u orden contrarios a los artículos precedentes o que impongan al ejercicio de las libertades y derechos reconocidos en ellos otras restricciones que las que los mismos artículos permiten, o priven a los ciudadanos de las garantías que aseguran, serán inconstitucionales y no podrán ser aplicados por los jueces”.
Y en función de ello plantean que la vigencia efectiva del endurecimiento de las condiciones de excarcelación sancionado en la Legislatura provincial y promulgado por el gobernador Daniel Scioli, “afecta la profundización de la institucionalidad democrática, por su contenido peligrosista y provoca un grave conflicto de orden normativo que se sucede cuando una norma provincial repugna no solo el Texto Constitucional sino el juego armónico con los Tratados de protección de Derechos Humanos”.
Entienden además que el proyecto de reforma, “carece y carecía de fundamentos serios formales y materiales como para proceder a modificar el sistema de excarcelaciones”.
Y hacen foco en un “notorio avasallamiento a las facultades y el rol de los jueces en tanto el Texto cuestionado de la reforma no se limita a un concepto como ‘podrá’ que en el caso vendría a describir un supuesto de legislador cuya decisión final seria del juez; sino a imponer un impedimento de la libertad, rebajando al juez al rol de mero aplicador de un concepto que no se le permite interpretar”.