En el caso de estos reglamentos derogados, su vigencia implicaba la exigencia de requisitos administrativos excesivos que representaban barreras innecesarias al comercio y no contribuían a un propósito de resguardo para la seguridad y salubridad de los consumidores.
De acuerdo a lo argumentado oficialmente, su eliminación atiende a la necesidad de diversos sectores de agilizar el abastecimiento de insumos y bienes para la producción y el consumo final, lo que redundará en una mejora de la competitividad de las empresas y una mayor oferta para los consumidores.
Es por ello que la resolución deroga el reglamento técnico de productos gráficos que abarca a bienes impresos tales como libros, agendas, etiquetas, manuales, y otros, con lo cual beneficia a todas las industrias que se abastecen este tipo de productos (a la vez, permitirá agilizar la comercialización de bienes y representará un ahorro en cada trámite de certificación de más de 2.500 dólares).
Vale recordar que este reglamento -implementado en el 2010- exigía certificar que los productos a fabricar o importar no contuvieran plomo en tinta, cuando la industria actualmente ya no trabaja con este tipo de tintas conforme a los estándares estipulados internacionalmente.
De la misma manera, se elimina también el reglamento técnico de papel envasado que determinaba que todo fabricante o importador debía certificar normas técnicas para corroborar la medida de las hojas, su grosor, opacidad y gramaje mediante el ensayo de productos y auditorías de plantas nacionales e internacionales por parte de organismos de certificación.
Finalmente y además de estos dos reglamentos, se derogan otros que en la actualidad no se encuentran vigentes como los correspondientes a útiles escolares; etiquetado de eficiencia energética en balastos; tubos flexibles de aluminio; tintas, lacas y barnices; y sanitarios.