Por medio de la Resolución General 5541/2024 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el vencimiento para el ingreso de anticipos del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2024, aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas.
De esta manera, el vencimiento del pago del primer y segundo anticipo de estos impuestos -que originalmente vencía en agosto y octubre de 2024- operará en octubre y noviembre de 2024, respectivamente.
Según lo dispuesto, entonces, el cronograma de vencimientos quedó de la siguiente manera:
Vale recordar que los contribuyentes podrán solicitar la reducción desde el tercer anticipo, inclusive, cuando considere que la suma a abonar por anticipos superará el importe definitivo de la obligación del período fiscal al cual deba imputarse esa suma.
En ese sentido, desde la AFIP precisaron que para efectuar esta solicitud se debe ingresar al servicio con clave fiscal “Cuentas Tributarias” y seleccionar la opción “Reducción de anticipos”. Por último, el contribuyente deberá abonar el importe que surja de la estimación realizada a través de un Volante Electrónico de Pagos (VEP).