Por medio de la Resolución General 5551/2024 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación para los exportadores de carbón vegetal de inscribirse en el Registro de Exportadores de Carbón Vegetal (RECAR) para vender esa mercadería al exterior.
La medida, de acuerdo a lo argumentado por el organismo recaudador, permitirá avanzar con la mejora de la calidad del servicio otorgado a los contribuyentes y a usuarios aduaneros, al tiempo que mantiene vigentes los controles actuales sobre los envíos de ese producto, sumamente sensibles en cuestiones de seguridad relacionadas con el narcotráfico.
No obstante, se aclaró que aunque se elimina este registro, los exportadores de carbón vegetal deberán continuar operando bajo el “Perfil de Importador/Exportador”, según lo establecido en la Resolución General N° 5.472, lo cual garantiza que el control y monitoreo de estas operaciones continúe de manera eficaz.