Tras el veto a la nueva ley de movilidad jubilatoria, el Gobierno confirmó el pago de un bono de $70 mil

El Ejecutivo nacional publicó en el Boletín Oficial el veto total al proyecto sancionado por el Parlamento que establecía una nueva fórmula para el pago de las jubilaciones. En paralelo, además, se confirmó el pago de otro bono de 70 mil pesos para jubilados y pensionados Por Cuarto Intermedio

El Gobierno Nacional, tal como lo comunicara promediando la jornada del pasado viernes, oficializó este lunes en el Boletín Oficial el veto (Decreto 782/2024) por el cual se dejó sin efecto la ley de movilidad jubilatoria que había sido sancionada recientemente por el Congreso de la Nación.

“Dar cumplimiento a la medida sancionada por el Congreso de la Nación dificultaría gravemente la sostenibilidad de las finanzas públicas de la República Argentina, ya que significaría la necesidad de obtener una fuente de financiamiento extraordinaria, imprevista, a efectos de afrontar su costo, sea a través de deuda pública o aumento de impuestos”, se argumentó sobre la decisión entre los considerandos de la medida.

No obstante y en aras de “compensar” las deterioradas sumas que perciben mensualmente los jubilados y pensionados, se dispuso otorgar un nuevo “Bono Extraordinario Previsional” de 70 mil pesos, el cual será liquidado por titular a las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES, así como también a los personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor; y a los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables.

A la vez, se determinó que para aquellos titulares que por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe máximo del bono será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono.

Finalmente, se aclaró que en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la percepción del bono.

“A modo de compensación por los efectos adversos ocasionados por la aplicación de la Ley N° 27.609 en los haberes previsionales de los adultos mayores de menores ingresos, para el mensual de septiembre 2024 se considera oportuno el otorgamiento de un Bono Extraordinario Previsional”, se expresó a través de la medida que oficializó el pago del mismo (Decreto 783/2024).