El Ministerio de Seguridad anticipó que el Gobierno nacional decidió modificar la Ley N° 26.165 de Reconocimiento y Protección al Refugiado, con lo cual a partir de ahora no se reconocerá como refugiados a extranjeros que hayan cometido delitos internacionales, así como también delitos graves previos, actos contrarios a la ONU o incitación y participación en delitos.
A partir del DNU 942/2024, entonces, se endurecerán las causas para la cesación del estatus de refugiado con el fin de agilizar los trámites para quienes efectivamente requieren de la tutela y reconocimiento del Estado argentino.
Por otro lado, se aclaró que la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) continuará siendo, bajo este nuevo reglamento, el organismo encargado de decidir sobre la cesación del estatus de refugiado, otorgando un plazo razonable para dejar el país o regularizar su situación migratoria.