La Comisión Nacional de Valores (CNV) modificó el Régimen de Fondos Comunes de Inversión (FCI) Abiertos de Mercado de Dinero (Fondos Money Market), medida que por la que se dispuso una diferenciación entre Fondos Comunes de Mercado de Dinero Clásicos y Dinámicos.
En concreto, se establece que los Fondos que se ofrezcan al público inversor como Fondos de Dinero Clásicos contarán con una limitación del 20% del patrimonio neto del Fondo respecto de adquisición de títulos representativos de deuda menores de un año, que no resultará de aplicación para los Fondos Dinámicos a los que se les seguirá aplicando el porcentaje del 100%.
A la vez, se prevé que los Reglamentos de Gestión incorporen un acápite especial detallando consideraciones de riesgo distintivas en función del tipo de Fondo respectivo.
Finalmente, la medida de la CNV establece disposiciones transitorias en relación a los FCI que se encuentren en funcionamiento al momento del dictado de la norma, contemplando un plazo de adecuación de 45 días corridos contados a partir de su publicación.