La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) continúa con la simplificación de los procedimientos para los envíos por Courier y, en ese sentido, adecuó la normativa vigente para que personas físicas y jurídicas puedan exportar o importar mercadería con un peso máximo por paquete o pieza postal de hasta 50 kilos, independientemente del peso total del envío.
A la vez, ya no será obligatorio para quien ingrese al país mercadería por este régimen tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).
Cabe señalar que la Resolución General 5631/2025 realizó algunas precisiones sobre la Resolución General 5608/2024, que había elevado el monto máximo de 1.000 a 3.000 dólares por medio de Prestadores de Servicios Postales (PSP)/Courier.
Por otro lado, ARCA también instrumentó las modificaciones previstas en el Decreto 1065/2024, que eliminó los aranceles de importación al ingreso de mercaderías hasta un valor FOB USD 400, con un tope máximo de 5 envíos por año y por persona.
Vale aclarar, por tanto, que existe un límite solo para los denominados “pequeños envíos” ya sea porque gozan de la franquicia de aranceles hasta un valor de USD400, o porque tienen eximida la intervención de terceros organismos (para estos casos, el límite es de hasta 3 unidades de la misma especie, y hasta 5 envíos al año por persona).